¿Qué protege este seguro?
Contar con recursos para repotenciar, reparar o reforzar edificios que tengan amenaza de ruina por fallas estructurales o defectos en materiales utilizados.
Brindar tranquilidad a sus clientes, puesto que se les reconoce el dinero que invirtieron en la compra de su vivienda si esta sufre daños por fallas en su construcción o materiales.
Dar cumplimiento a la Ley 1796 de 2016, que obliga a las constructoras y promotoras de proyectos de vivienda a tomar este seguro como garantía.
Si una autoridad competente determina que un edificio tiene fallas estructurales y que por esto debe ser desocupado, se asumen los gastos para su repotenciación, reparación y refuerzo con el fin de que pueda ser habitado nuevamente. Asimismo, paga otros gastos como: demolición, remoción de escombros y honorarios profesionales..
La confianza en empresas desarrolladoras de proyectos, que son las responsables de brindarles tranquilidad a las personas frente a su inversión y la calidad en la compra de las viviendas nuevas.
¿Cuales coberturas ofrecemos?
Daños materiales de la edificación, por errores de diseño o defectos en los materiales con que fue construido, siempre que amenacen colapso o amenaza de ruina.
Están amparados la estructura principal de la edificación y los acabados o elementos estructurales deteriorados por los daños de dicha estructura principal.
Actos mal intencionados de terceros, huelga, motín, asonada, conmoción civil o popular y terrorismo.
Coberturas opcionales:
Daños materiales a bienes preexistentes.
Impermeabilización de partes bajo la cota o superficie natural del terreno.
Impermeabilización en cubiertas inclinadas o planas.
Impermeabilización en paredes exteriores.
Daños a terceros.
Cobertura para bienes de inquilinos o habitantes.
Daños por el uso en la construcción de materiales o procedimientos no tradicionales o innovadores.
¿Quién es el Supervisor técnico independiente?
Es la persona natural o jurídica que verifica la aplicación de los diseños, planos y especificaciones del edificio, y el cumplimiento de la norma sismorresistente vigente y de óptimas prácticas de construcción en el desarrollo del proyecto.
¿Cómo funciona el seguro?
La contratación del seguro debe hacerse cuando inicie la construcción de la obra. En esta etapa, la empresa constructora o promotora debe pagar 20 % o 30 % del valor del seguro. Comienza la supervisión técnica.
El 80 % o 70 % restante del valor del seguro debe ser pagado cuando termine la construcción del edificio y el supervisor técnico entregue la certificación técnica de ocupación. Desde ese momento inicia la cobertura del seguro.
La vigencia del seguro es de diez años después de la emisión del certificado técnico de ocupación. No se permite su revocación.
Durante la construcción, la empresa que toma el seguro debe notificar cualquier cambio de diseño o método constructivo para que el supervisor técnico lo evalúe.